Está por fuera de los acuerdos
de restructuración de las entidades territoriales
Bogotá 22 feb 2013. “Los bonos
emitidos en el mercado público de valores
(…) quedan excluidos expresamente de los acuerdos de restructuración”.
Así lo señaló la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia de la
Superintendencia de Sociedades durante la audiencia entre Alianza Fiduciaria y
el promotor del Municipio de Montelíbano (Córdoba).
Durante la audiencia, la
Delegatura recalcó que el mercado público de valores se encuentra protegido por
una norma de carácter constitucional, como es el artículo 335 de la
Constitución Política al calificarlo de “interés público”, salvaguardando de
esta forma la fuente de recursos con miras a contribuir con el desarrollo del
sector productivo del país.
La decisión también se
fundamentó en la Ley 964 de 2005, que en su artículo 10 advierte que “no podrán
ser objeto de medidas judiciales o administrativas incluidas las medidas
cautelares, (…) toma de posesión, disolución, liquidación, o acuerdos globales
de reestructuración de deudas”, las órdenes de transferencia de fondos o
valores derivadas de operaciones sobre valores.
El pronunciamiento se dio
durante una audiencia en la que Alianza Fiduciara buscaba que en el proceso de
restructuración que adelanta el municipio de Montelíbano, se respetara la
garantía del crédito otorgado al ente territorial sin que hiciera parte de la
masa de acreedores.
En la audiencia, Alianza
Fiduciaria buscaba que los $2.990.764.547 que fueron girados al municipio se
excluyeran del acuerdo de reestucturación al que se acogió Montelíbano desde el
10 de mayo de 2012, mediante Resolución 1225 expedida por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público.
Estos recursos se giraron por
parte Alianza Fiduciaria S.A., sociedad que obra como vocera del Grupo
Financiero de Infraestructura 2010, con el fin de que se invirtieran en
proyectos de agua potable y saneamiento básico.
Fuente: Edgar Reinel Laiton
López
Asesor del Despacho - Superintendencia
de Sociedades
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